N
o es la benevolencia del carnicero, del cervecero, o del panadero la que nos procura el alimento, sino la consideración de su propio interés. No invocamos sus sentimientos humanitarios sino su egoísmo, ni les hablamos de nuestras necesidades sino de sus ventajas. Muy clara la formulación de Adam Smith. Y llevando al extremo esta reflexión, como lo hizo también con la de la propensión natural a cambiar para explicar las bondades del mercado, asegura que la búsqueda del propio interés es la base racional de la reproducción material de la sociedad.
En consecuencia, ocupación que no es ventajosa para quien la ejerce, no puede –bajo ninguna circunstancia– subsistir. De aquí que una ocupación que hace posible el propio interés es la única capaz de dar certidumbre al cambio, al mercado. Y quien descubre al ocupado las ventajas de su quehacer es –en la mentalidad clásica del agudo Smith– quien muestra que sus necesidades se asocian a sus ventajas, a su ocupación. Así de simple. Núcleo de la racionalidad capitalista. El propio interés, motor y sustento de la economía de mercado.
Larga y prolongada historia de debates y polémicas teóricas. Las más centradas en la racionalidad del capitalismo…del salvaje capitalismo. Teorías plagadas de ideología. Ideología plasmada en teorías. ¡Viva el mercado! ¡Viva la competencia! Pero sin preponderantes. Sin poder excesivo. Absurda vulgaridad del debate. Senatores boni viri, senatus mala bestia, me enseñaría a citar a Cicerón mi compañero profesor Ricardo García González, el querido Gargón del ITESO de Guadalajara, a donde me llevó el brillante y querido jesuita Luis Morfín López, el mismo que –lamentablemente– nos dejó la semana pasada. Sí, el Senado ya promete dar a luz
(ahora sabemos que la embarazada es la Consejería Jurídica de la Presidencia) los dos dictámenes que faltan. Involucran las nuevas leyes de Petróleos Mexicanos, de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y de los órganos reguladores en materia de energía. En lo eléctrico, entonces, el nuevo esquema ya casi está listo.
Competencia –la de las ventajas del que ofrece, Smith dixit– en generación y comercialización. Por eso el galimatías jurídico del mercado eléctrico mayorista (MEM) y de los participantes del mercado eléctrico mayorista. De donde se desprende –por decirlo así– el Servicio Público de Transmisión y de Distribución, en adelante obligación esencial de una CFE que, por lo demás, deberá dividirse y subdividirse a la brevedad.
Sí, la honrosa CFE de hoy deberá realizar a la brevedad la separación contable, operativa, funcional y legal que corresponda, de sus actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización. Vertical u horizontal, según disponga la Secretaría de Energía (Sener) en concordancia con los términos fijados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Sin embargo, en el caso de la generación, el transitorio cuarto del dictamen ordena su separación horizontal inmediata. ¿Regiones? ¿Áreas? ¿Tecnologías? ¿Otros criterios? ¿Qué tipo de separación fijará Sener? Y esto, a más de separar de CFE al Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), para crear el nuevo Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal sectorizado en Sener (nuevo Cenace) que ejercerá el control operativo del Sistema Eléctrico Nacional.
¿Qué sistema? En adelante el integrado por cinco componentes esenciales: 1) La Red Nacional de Transmisión (a cargo de CFE y con tarifa regulada, determinada por la CRE); 2) Las Redes Generales de Distribución (a cargo de CFE y con tarifa regulada, determinada por la CRE); 3) Las Centrales Eléctricas que competirán por entregar energía eléctrica a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución (a cargo de productores privados y de una CFE dividida, y con precios fijados en la competencia organizada en el Mercado Eléctrico Mayorista); 4) Los equipos e instalaciones del Cenace utilizados para llevar a cabo el Control Operativo del Sistema Eléctrico Nacional (a cargo, precisamente, del nuevo Cenace, con tarifa regulada; 5) finalmente, todos los demás elementos que determine Sener. Según la ley el Control Operativo es la emisión de instrucciones para asignar y despachar centrales eléctricas que atiendan la demanda, también para la operación de la Red Nacional de Transmisión que corresponda al Mercado Eléctrico Mayorista, asimismo para la operación de las Redes Generales de Distribución que también correspondan al Mercado Eléctrico Mayorista.
Usted podría preguntar si los usuarios van o no van al mercado. No todos. Sólo pueden ir a adquirir electricidad directamente al Mercado Mayorista los llamadas Usuarios Calificados, es decir –y por lo pronto, pues irá bajando el nivel– los que tienen una demanda promedio anual igual o mayor a 3 Megavatios (MW). Todos los demás usuarios que no concurran al Mercado Mayorista deberán adquirir la electricidad a través de un suministrador. ¿Suministrador? Sí, comercializadores autorizados para ofrecer el suministro a tres tipos de usuarios: 1) a los del servicio básico, que se provee bajo regulación tarifaria a cualquiera que lo solicite pero que no sea usuario calificado; 2) a los del servicio calificado que se provee bajo el régimen de competencia a los usuarios calificados, esos de demanda igual o mayor a 3MW; 3) finalmente, a los de último recurso, que se provee bajo precios máximos a los usuarios calificados por tiempo limitado, con el fin de mantener la continuidad del suministro, cuando hubo suspensión del suministro a estos usuarios calificados.
Ésta es, en síntesis, la organización y los participantes básicos del nuevo sistema eléctrico nacional. A decir del dictamen del Senado busca prestar en las mejores condiciones el suministro eléctrico, es decir, el conjunto de productos y servicios requeridos para satisfacer la demanda y el consumo de energía eléctrica de los Usuarios Finales, es decir, de las personas físicas o morales que adquieren para su propio consumo o para el consumo dentro de sus instalaciones, el Suministro Eléctrico en sus Centros de Carga. Se trata, en síntesis, de usuarios Básicos (con tarifa regulada), usuarios Calificados (con tarifa competitiva) y usuarios de Último Recurso (tarifa máxima). Esta nueva organización quedará aprobada en agosto. Bueno, eso es lo último que han dicho en el Senado. Ya veremos.
antoniorn@economia.unam.mx
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